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Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos

 

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Las organizaciones integrantes de la Mesa de Movilidad Humana Región Costa-MMHRC Ecuador,  quienes desde sus líneas de acción están avocadas a la asistencia integral de personas en contexto de movilidad humana como lo son: migrantes, desplazados forzosamente, víctimas de tráfico ilícito de inmigrantes, Trata de personas, retornados y refugiados entre otros; ante los constantes y permanentes actos de violencia indiscriminada que viene azotando la franja de Gaza manifestamos nuestra preocupación ante la opinión pública nacional e internacional en los términos siguientes:

 

 

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Del 19 de Abril del 2014 (Día Mundial de la Bicicleta) al 22 de Septiembre del 2014 (Día Mundial sin Autos)
Elaborado por: Colectivo Ciudadano Guayaquil en Bici
La bicicleta, como un derecho humano, nos aproxima a múltiples situaciones de la ciudad. ¿Cómo?, A través del reconocimiento con garantías constitucionales de la bicicleta como un medio de transporte, lo cual supera la concepción de la bicicleta como un mero objeto recreativo. Al hablar de la bicicleta en un contexto de derechos humanos se proyecta un universo de implicaciones que conlleva el simple detalle de pedalear en la ciudad.

 

 

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El 24 de marzo una misión del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, CDH se desplazó hasta la comunidad de "El Guayacan" en Quevedo, provincia de Los Rios para recoger testimonios directos de la situación de contaminación que sufren por acción de la Central Termoelectrica Quevedo II. Concretamente los pobladores denunció la emisión de gases de combustión, la ausencia de distancia y protección entre la planta y la población aledaña y el ruido constante producido por las máquinas. Además registramos testimonios de familias que viven cerca de la planta en la rivera de arroyo que actualmente padece visibles problemas en la piel. Ellos dijeron tener vomitos y fiebres frecuentes.

 

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El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos CDH, une su voz a la denuncia del irregular proceso ejecutado por el Consejo Nacional Electoral, CNE al dañar garantías en la custodia de las firmas recogidas por el colectivo Yasunidos para exigir una consulta popular sobre la explotación de los campos ITT ubicados en el Parque Nacional Yasuní.

 

 

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Ejercicios de observación incluyente.

 

El literal 1 del artículo 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”.

 

Este enunciado establece plenamente el carácter integral e indivisible de los derechos fundamentales de la persona. En la práctica, no es posible que se garantice el disfrute solo de algunos Derechos Humanos según convenga o interese. Para todos, todos los Derechos y sin condiciones.