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Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos

MuerteCruzada2

 

 

La sociedad civil debe activar facultad fiscalizadora y de control social frente al riesgo de un proyecto político autoritario.

 

El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, CDH, expresa su preocupación frente al decreto presidencial número 741, suscrito por el presidente Guillermo Lasso, mediante el cual disuelve la Asamblea Nacional y dispone al Consejo Nacional Electoral llamar a elecciones legislativas y presidencial, así como varios pronunciamientos del gabinete ministerial sobre imponer reformas legales a través de decretos – ley, a lo que se suma el pronunciamiento del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, que defiende la decisión presidencial y anticipa el rechazo de cualquier acto de descontento que a su criterio contravenga el orden público, por lo que expresa lo siguiente:

 

1.-Observamos la ilegitimidad de los fundamentos del decreto presidencial que activa la llamada muerte cruzada, con una causal de grave crisis política y conmoción interna, que no se ajusta a la realidad actual del Ecuador. Evidenciamos además el intento del presidente en eludir la máxima potestad fiscalizadora de la Asamblea Nacional, al interrumpir el proceso de juicio
político en su contra.

 

2.- Recordamos que no es atribución del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas el decidir acerca de la constitucionalidad y legalidad de los actos de los poderes públicos como pretende hacerlo en su pronunciamiento realizado a los medios de comunicación. Ese rol le corresponde a la Corte Constitucional y a la administración de Justicia. Las FFAA deben ceñirse a lo dispuesto en el Art. 159 de la Constitución que los obliga a ser obedientes y no deliberantes, sujetos al poder civil y a la Constitución.

 

3.- Las organizaciones de la sociedad civil estaremos en permanente posición de observación, fiscalización y control social a todo acto de poder público durante este lapso en el que esté disuelta la Asamblea Nacional. Activaremos las vías constitucionales y legales de participación ciudadana que sean necesarias para materializar esos propósitos.

 

Hacemos un llamado a todas las organizaciones sociales a sumarse a una articulación permanente de observación, fiscalización y control, para evitar la imposición de un proyecto político autoritario sin contrapesos democráticos.

 

4.-Recordamos a la Fuerza Pública, militares y policiales, la obligación de permitir y no reprimir el desarrollo de manifestaciones sociales pacíficas, así como tener en cuenta las responsabilidades individuales que se deriven del cometimientos de graves violaciones de Derechos Humanos.

 

Paralelo a todo lo expuesto y de forma independiente, estaremos vigilantes ante el pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre las demandas de inconstitucionalidad del decreto 741, con el fin de respetar el Estado Constitucional de Derechos y Justicia y el respeto irrestricto a los Derechos Humanos.

 

La paz y la democracia se construye con la garantía y el respeto irrestricto de los derechos de los individuos, pueblos y la naturaleza.

 

 

Guayaquil, 17 de mayo del 2023

 

 

Directorio del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos.