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Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos

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El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, con sede en Guayaquil, viene documentando desde 2020 la negligencia por parte del Estado en garantizar la dignidad humana de las personas fallecidas y de sus familias. Durante el contexto del COVID-19, el Estado ecuatoriano fue señalado como responsable del extravío de 135 cuerpos de personas fallecidas durante la crisis sanitaria.

 

El 26 de junio de 2020, un juez constitucional aceptó una acción de protección presentada por la Defensoría del Pueblo del Ecuador y los familiares cuyos fallecidos se encontraban desaparecidos. En esta sentencia, el juez declaró la vulneración de derechos como: a la dignidad humana, integridad personal, a la recepción de servicios públicos de óptima calidad y a la seguridad jurídica.

 

Desde ese entonces, este servicio en algunos momentos ha recibido volúmenes extraordinarios de personas fallecidas por hechos violentos, especialmente los generados por la crisis carcelaria en Guayaquil. Recordemos que las masacres del 28 de septiembre y del 12 de noviembre de 2021 significó el traslado de 213 cuerpos hacia la morgue para procesos de identificación en plazos relativamente razonables. Cuatro años después, la insensibilidad y negligencia como modus operandi por parte de agentes del Estado nuevamente se hace presente.

 

Desde junio de 2024, por información de diversos medios de comunicación, se conoció que más de 200 cadáveres de personas asesinadas se encontraban en estado de putrefacción en el Centro Forense de Guayaquil. Según la nota periodística de Diario El País (2024), la mayoría de estos cuerpos, al momento, se encontraban sin identificar y otras no habían sido reclamadas por sus familiares. Este hecho provocó el colapso de esta morgue.

 

No obstante, también se conoció que este escenario se produjo como resultado del mal funcionamiento, por al menos seis meses, de uno de los contenedores que almacenaban estos cuerpos. Estos fueron trasladados al único contenedor que permanecía en funcionamiento, lo que generó condiciones de hacinamiento, que desembocó a una rápida descomposición y filtración de líquidos de los cuerpos.

 

Por lo antes mencionado, el CDH ha realizado una meticulosa revisión de los hechos que permitirá evidenciar una clara negligencia e incumplimiento de protocolo por parte de agentes del Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

 

 

1. Los hechos

 

En 2022, el Observatorio Ecuatoriano de Crimen Organizado informó que el crecimiento en la tasa de homicidio entre el 2022 y el 2023 fue de 65.92% (Ver Anexo 1). En 2023, según el medio digital Primicias, el Ecuador alcanzó una tasa de homicidios de 45 muertes violentas por cada 100.000 habitantes. El aumento significativo de la violencia criminal en Guayaquil, el puerto principal del país, y la crisis energética que inició en noviembre del 2023, ocasionaron que la morgue de la ciudad se haya visto afectada con dos contenedores de cuerpos de personas fallecidas. Estos se mantuvieron averiados tras seis meses de trabajar intermitentemente debido al aumento significativos de cuerpos que superaron su capacidad de almacenamiento. En Guayaquil, las tres cámaras frigoríficas tienen capacidad para albergar 12 cuerpos cada una, y se reveló que estaban albergando a más de 200 cuerpos entre las tres.

 

Desde el viernes 7 de junio de 2024, los moradores de ciudadelas cercanas a la morgue ubicada en el antiguo cuartel de la Policía Judicial (PJ), aledaño al Estero Salado, al oeste de la ciudad, empezaron a relatar cómo inició esta crisis. Jorge Bedoya, un habitante de la urbanización Girasol, a aproximadamente 300 metros del Centro Forense, contó que al principio los vecinos de la urbanización pensaron que el olor a descomposición provenía de un alcantarillado obstruido. Bedoya aseguró para el medio digital Primicias:

 

‘Comenzamos a percibir olores a podrido desde hace 15 días e incluso llamamos a camiones hidrocleaners pensando que eran las alcantarillas. Este miércoles, un vecino que es policía, nos advirtió que se había roto un contenedor de cuerpos en la morgue’’.

 

Por otra parte, Alicia Acosta, una comerciante informal del sector, contó al portal Primicias que los químicos de desinfección estaban causando un ‘‘picor en la garganta’’ que persistía hasta entrada la noche.

 

El 8 de junio, Diario Expreso informó que uno de los contenedores que presentaba fallas de operación se puso en marcha. Pero, debido a la falta de insumos de bioseguridad, los cuerpos no pudieron ser trasladados de inmediato. Posteriormente, el 11 de junio, el Gobierno Nacional reconoció el colapso de la morgue como una ‘‘crisis sanitaria a nivel nacional’’ a través de un comunicado en la plataforma ‘’X’’, en el que también anunció medidas para solventarla. De esta manera, al día siguiente, se pudo realizar el traslado de los 200 cuerpos en evidente estado de descomposición avanzada, primero colocándolos a la intemperie y luego, distribuyendolos en un contenedor recién reparado.

 

 

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No obstante, la crisis de la morgue continuaba trasladándose a los familiares de los fallecidos, quienes habían estado esperando, en algunos casos, hasta por más de 1 año a la entrega de los cuerpos de sus familiares. Este retraso, según los mismos familiares, se produjo por la gran cantidad de autopsias que sólo cuatro médicos forenses debían solventar.

 

Para el jueves 13 de junio, los exteriores de la morgue de Guayaquil se encontraban llenos de familiares afligidos en la espera de noticias de los cuerpos. María, cuyo hijo de 16 años había sido secuestrado y asesinado cuando salía del colegio, declaró para el Diario El País de España: ‘‘Solo quiero que me entreguen a mi hijo, ¿Por qué no comprenden el dolor que esto es para nosotros?’’. Para los familiares, esta crisis originada por la negligencia de los últimos gobiernos del país se convirtió lentamente en una situación de tortura. El testimonio de Margarita Pardo, recogido de forma directa por el CDH (enlace), cuyo hijo y nuera fueron asesinados en abril del presente año, es un ejemplo claro de las consecuencias y vulneraciones de derechos que se han cometido a lo largo de esta crisis. En consecuencia a estas vulneraciones, los familiares que fueron sometidos a ingresar a los contenedores llenos de los cuerpos en descomposición, sin los implementos de bioseguridad adecuados, están presentando indicios de graves infecciones bacterianas que podrían afectar no solo al sistema respiratorio, sino también al sistema nervioso central.

 

Sin embargo, mucho antes de las vivencias de Margarita y María, otra ciudadana contó para diario El País (2024) cómo ha sido para ella la búsqueda de su hijo extraviado en las dependencias del Servicio de Medicina Legal. La madre de Bryan, una víctima de la violencia suscitada en la crisis de las cárceles en junio de 2023, estuvo más de un año pidiendo la entrega del cuerpo de su hijo. La masacre carcelaria dejó a la madre solo con una parte del cuerpo de Bryan, y para identificar la otra parte se necesitó cuatro meses para la comparación de ADN y siete meses más para la confirmación de los resultados, cuando el protocolo dicta un plazo de 40 días. Tras eso, la identificación de los restos faltantes de su hijo no solo se realizaron vía ADN, sino que la misma madre tuvo que ver fotos de su hijo en estado de descomposición avanzada. Cuando se le entregó el documento de coincidencia genética, la madre se dirigió al Servicio de Medicina Legal, donde se enteró que el cuerpo de su hijo había sido inhumado, sin autorización de la familia, junto con otros 50 cuerpos en el cementerio de Simón Bolívar, a dos horas de Guayaquil.

 

En un contexto similar, en 2020, un juez constitucional señaló que ‘‘generar que los familiares pasen por la peripecia de emprender una búsqueda en cementerios, morgues y hospitales para poder ubicar a sus familiares, no solamente los expone a ser contagiados (...), sino que generen secuelas sumamente graves en su psiquis. Esto debido a que tienen que generar una pausa dentro del proceso de luto para poder dedicarse a buscar a sus fallecidos’’

 

Por tanto, exponer a los familiares de personas fallecidas a este tipo de situaciones para el reconocimiento de cuerpos es una violación al derecho a la integridad física y psíquica de las personas, el cual tiene diversas connotaciones de grado y que abarca desde la tortura hasta otro tipo de vejámenes o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

 

Según Layedra (2024), periodista del Diario Expreso, el 21 de junio, la Fiscalía solicitó pruebas de ADN de dichos cadáveres para gestionar su liberación e inhumación, con la intención de descongestionar el Centro Forense. En consecuencia, 61 cadáveres fueron declarados aptos para la inhumación, tras realizar el estudio del perfil identitario y cotejar la base de datos familiares.

 

Desde la penúltima semana de junio, el Servicio de Medicina Legal y Ciencias Forenses ha empezado con su trabajo de descongestión de la morgue. El 21 de junio, un convoy se dirigió al camposanto Parque de la Paz en Quevedo, en donde se inhumaron a 33 cadáveres, en condición de NN y cuyo ADN presuntamente se recolectó para posterior reconocimiento. Posteriormente, el 27 de junio, otro convoy se trasladó hacia el camposanto Parque de la Paz de Durán, donde se inhumaron otros 40 cadáveres, bajo la misma condición de NN. Notas periodísticas recientes del diario El Universo han revelado que, a inicios de julio, al menos 32 cuerpos, en condiciones similares a los anteriores, fueron inhumados en el cementerio de Jardines de la Esperanza, al norte de Guayaquil.

 

 

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Fuente: Notas de prensa escrita /archivos del CDH.

 

 

En ese sentido, el CDH contabiliza hasta el momento un total de 105 cuerpos que han sido inhumados en cementerios particulares en un plazo de tres semanas, bajo la condición de NN. Según fuentes anónimas del diario El Expreso, se conoció que en nueve nichos, destinados a albergar un solo cuerpo con su ataúd, fueron sepultados más de 36 de cadáveres que yacían en los contenedores del Centro Forense.

 

El Ministerio del Interior, DINASED, la Fiscalía del Guayas, la Gobernación del Guayas, la Dirección General del Registro Civil y el Servicio de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aseguran a la opinión pública que estas inhumaciones han sido realizadas con recolecciones previas de muestras de ADN, para una posible identificación posterior y considerando normas legales nacionales e internacionales para el manejo de cuerpos con condición de NN.

 

En ese sentido, el CDH identifica el rol protagónico de la Fiscalía para garantizar el registro de ADN de cuerpos no identificados. Así mismo, recuerda la falta de exhaustividad de la fiscalía para la investigación de cuerpos extraviados en manos del Estado durante la pandemia y las crueles masacres carcelarias. Esta conducta previa, documentada por la CDH, genera dudas sobre la obligación de la fiscalía para asegurar el registro de ADN en el presente caso.

 

Con base en la lectura de estos hechos, cabe la identificación de dos escenarios de negligencia estatal materializada en la crisis de la morgue en Guayaquil, sobre los cuales las instituciones involucradas deben de dar explicaciones. El primer escenario incluye el proceso de acumulación y hacinamiento de cuerpos de personas fallecidas por períodos extremadamente extensos e indefinidos. El segundo escenario surge de la ausencia de respuesta sistemática para responder a los daños reportados en el Servicio de Medicina Legal. Este problema fue alertado por los moradores de viviendas aledañas, mientras los funcionarios guardaban silencio.

 

 

2. Rendición de cuentas

 

Debido a los reclamos de los familiares y la preocupación generalizada por la situación en el Centro Forense, la Comisión de Salud de la Asamblea Nacional solicitó al Servicio de Medicina Legal y Ciencias Forenses a rendir cuentas sobre sus acciones y la evidente negligencia. Esta solicitud de rendición de cuentas se enfocó, por un lado, en las masivas inhumaciones de cadáveres y, por otro, en el hecho de que en 2022 la entidad forense recibió más de 26 millones de dólares para la ampliación de cobertura y fortalecimiento de los Centros Forenses a nivel nacional. Esto quiere decir que, para este año, las morgues debieron estar completamente fortalecidas, sin embargo, este escenario demostró otra realidad.

 

En efecto, la Comisión de Salud llamó al Servicio de Medicina Legal a una comparecencia el 5 de julio del presente año. Sin embargo, el proceso legal no se realizó hasta después de una semana, el 12 de julio. A continuación un breve resumen de los sucesos en la comparecencia:

 

1. A dicha comparecencia solo asistieron el Director del Servicio de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Dr. Milton Zárate; la Coordinadora Técnica de Servicios de Medicina Legal, Msc. Alejandra Pérez; el Analista Administrativo Financiero Zonal, Sr. Jorge Álvarez; el experto en temas forenses, Abg. Juan Pérez y, una médico legista de Guayaquil, Dra. Fabiola Robalino.

 

2. No asistieron a la comparecencia autoridades como el Ministro de Salud Pública, Dr. Antonio Naranjo; el Jefe de la Unidad de Medicina Legal de Guayaquil de la DINITEC, Teniente Coronel Jorge Torres; el Presidente del Consejo de la Judicatura, Dr. Álvaro Román; el Ministro de Economía y Finanzas, Econ. Juan Carlos Vega. Dentro de dicha comparecencia se manifestó el desconocimiento de quién está a cargo del Centro Forense Zonal de Guayaquil, pues, aunque en la convocatoria se menciona a la Dra. Robalino, ella aclaró que no ostenta ni ha ostentado ese cargo. Por otra parte, se mencionó también a Gabriela Díaz, pero ella es presentada como la Subdirectora del Servicio Nacional de Medicina Legal. También se expresa el interés por tener al Ministerio del Interior, a cargo de Mónica Palencia, pues aunque no fue convocado, es el ente rector del Servicio Nacional de Medicina Legal.

 

 

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Foto Cortesia

 

 

3. El director del Servicio Nacional de Medicina Legal mencionó que la parte presupuestaria les afecta, a pesar de los 6 millones 300 mil dólares de gasto corriente y 3 millones 266 mil dólares de inversión que se les asignó en 2023 y de los 2 millones 828 mil dólares que se les ha asignado de inversión, inversión propuesta por ellos mismos, en 2024. También mencionó que su institución no está desconcentrada administrativamente, es decir, que no tiene mayor personal administrativo en otras ciudades del país. Aprovechando el momento, mencionó que el Servicio Nacional de Medicina Legal depende del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público (COESCOP) y que no cuentan con alguna autoridad que les valide el buen funcionamiento.

 

4. El Abg. Juan Pérez, ex subdirector del Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, denunció irregularidades en la morgue de Guayaquil tras la comparecencia de los actuales responsables ante la Comisión del Derecho a la Salud y Deporte. Pérez criticó la falta de transparencia sobre el contenedor dañado que albergaba 100 cuerpos sin refrigeración. La Dra. Fabiola Robalino, médico legista, desmintió afirmaciones oficiales sobre la capacidad de cámaras refrigerantes y señaló problemas en las salas de autopsia y manejo de cadáveres.

 

5. Mencionado el COESCOP, el Abg. Juan Pérez expresó que desde el 2018 ni la Policía Nacional ni la Comisión de Tránsito tiene competencia con la medicina legal, es decir, su rol es durante el proceso de investigación más no autopsias, por ejemplo. De hecho, según Pérez, es por esto que se creó el Servicio Nacional de Medicina Legal, para que la Policía Nacional ya no tenga estas competencias técnicas.

 

6. El director del Servicio de Medicina Legal y Ciencias Forenses mencionó que el manejo de cadáveres es un proceso administrativo cuya responsabilidad recae en la subdirección general, la coordinación técnica de servicios de ciencias forenses y un analista que se encarga de trámites administrativos como la revisión para la liberación o autorización de la inhumación de cuerpos. Sin embargo, según lo mencionado por el Abg. Pérez, durante la comparecencia, estos cargos son ostentados por personas que no tienen títulos médicos para llevar a cabo la parte técnica de medicina legal. Por ejemplo, se mencionó a la Msc. Alejandra Pérez, Coordinadora Técnica de Servicios de Medicina Legal, quien tiene un título en Ingeniería de Empresas y un máster en Sistemas Integrados de Gestión, o la Srta. Gabriela Benalcázar quien es Lic. Optometrista y quien desempeña un cargo de analista para inhumaciones.

 

7. Las deficiencias incluyen la falta de actualización de las licencias para sistemas de identificación balística y biométrica, poniendo en riesgo el valor probatorio de pruebas forenses. Robalino destacó la participación indebida de personal no capacitado en inhumaciones sin equipo de protección adecuado, elevando el riesgo biológico. La descomposición de cuerpos representa un peligro sanitario, contrario a lo afirmado por la coordinadora técnica, Alejandra Pérez.

 

8. Finalmente, la gestión ineficiente y el uso de contenedores inadecuados para cadáveres fueron criticados, ya que, tal como se mencionó en la comparecencia por parte del Abg. Pérez, estos solo son para usos de emergencia y de fuerza mayor, más no para conservación a largo plazo de cadáveres, evidenciando fallos del Estado en garantizar el debido proceso y protección a las víctimas.

 

Bajo este escenario de rendición de cuentas, y las inconsistencias en el trabajo realizado por personal del Servicio de Medicina Legal, es imperioso conocer el informe que la Comisión Especializada Permanente del Derecho a la Salud y el Deporte genere, puesto que se espera verificar que el personal y los recursos son suficientes para la alta demanda que existe para la identificación, entrega e inhumación de cadáveres.

 

Finalmente, cabe resaltar que las instituciones involucradas en el caso tienen un relato específico de los hechos y del proceso que actualmente se está llevando a cabo para liberar las morgues.

 

Sin embargo, la transparencia es cuestionable debido a la falta de acceso público que se tiene a ese banco de ADN. Es válido, así mismo, someter a escrutinio el proceso de obtención de muestras de ADN por parte de los cuatro médicos forenses del centro de medicina legal, los cuales ya habían sido declarados como insuficientes para tratar debidamente al gran número de cadáveres. Bajo dicha incertidumbre y debido a la evidente falta de recursos, es posible concluir que los lugares de inhumación pasan de ser nichos a fosas comunes, dentro de cementerios privados.

 

 

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3. Conclusiones

 

El CDH considera que el Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses ha incumplido los protocolos previstos para el manejo de cuerpos por
parte de agentes estatales, lo cual significa una grave negligencia sistémica y violatoria de Derechos Humanos.

 

Hay evidencia plena de dicha negligencia en cuanto a dos escenarios identificados en el Centro Forense de Guayaquil. El primer escenario lo constituye la indefinida y prolongada acumulación y hacinamiento de cuerpos, excediendo la capacidad máxima de almacenamiento. Por otra parte, el segundo escenario surge frente a la falta de acción ante las recurrentes alertas por daños en los contenedores.

 

Por su parte, es evidente el hermetismo con el que el Centro Forense ha manejado la crisis en la morgue. Esto, presumiblemente, para ocultar información y no rendir cuentas sobre las gestiones realizadas por esta institución previa, durante y posteriormente al daño de contenedores e inhumaciones.

 

El CDH condena el cruel señalamiento y trato a familias de fallecidos por no haber retirado el cuerpo de parientes a tiempo y de ser los responsables de la acumulación masiva de cuerpos, pese a las claras evidencias de haber reclamado durante meses que se les entregue el cuerpo de sus parientes.

 

De igual manera, esta exposición directa de familiares a cuerpos de personas fallecidas en estado de descomposición para su identificación, constituye una práctica de tortura. El CDH cuenta con registro de testimonios de personas afectadas por esta situación que presentan daños a nivel psicoemocional y efectos de posibles infecciones bacterianas.

 

Debido al caos en la morgue de Guayaquil concentrado en el mes de junio y al volumen de cuerpos acumulados desde hace meses atrás, es cuestionable el proceso de identificación de la totalidad de cuerpos no identificados mediante pruebas de ADN.

 

Finalmente, el CDH reconoce que las inhumaciones practicadas en el contexto de esta crisis de más de 100 cuerpos, presuntamente sin registro genético en tumbas colectivas de cementerios particulares, conducen a calificarlas como fosas comunes.

 

 

4. Recomendaciones

 

Con base en los análisis realizados y las conclusiones frente a los relatos de los hechos, el CDH recomienda:

 

1. La conformación de una comisión técnica independiente y mixta para la verificación de registro genético (ADN) de cuerpos en el contexto de esta crisis en la morgue. Resulta indispensable la verificación del cumplimiento exhaustivo de este requisito ordenado por la Fiscalía para proceder a las inhumaciones.

 

2. Que el Servicio de Medicina Legal y Ciencias Forense emita de forma pública, y en el corto plazo, un informe con información precisa y veraz sobre el estado del proceso de identificación de los cuerpos que aún se encuentran en sus dependencias.

 

3. A la Fiscalía General del Estado, que inicie, de carácter urgente urgente, una investigación por la negligencia evidenciada en los protocolos gestionados para el manejo de cuerpos, la debida diligencia y pronta respuesta a las alertas por mal funcionamiento de los contenedores y el incumplimiento de funciones por parte de servidores públicos.

 

4. La repotenciación del equipo y la infraestructura del Centro Forense de Guayaquil, de forma que quienes ocupen estos cargos puedan brindar un servicio expedito, con tratamiento cálido y esencial a las familias de las personas fallecidas y cuyos cuerpos permanecen en la morgue.

 

 

Guayaquil, 19 de julio de 2024.

 

 

Equipo de Redacción del CDH:
Billy Navarrete
Vivian Cartagena
Paula Mendoza
Joel Maridueña

 

 

 

 

Anexos

(Anexo 1)

 

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Fuente: Observatorio Ecuatoriano de Crimen Organizado/Archivos del CDH.

 

 

5. Testimonio de Margarita Pardo

 

Silvia Margarita Pardo Jiménez vivía en Martha de Roldos desde los 5 años con sus padres. Se graduó del colegio de Martha a los 35 años y luego estudió para ser auxiliar de enfermería, concluyendo sus estudios mientras vivía en Sinaí.

 

A veces salía a trabajos particulares para poner inyecciones y sueros, con el fin de sustentar a sus hijos junto a su esposo.

 

A los 18 años, Neidan, uno de los hijos de Silvia, conoció a Daniela en el mismo barrio. Silvia descubrió su relación después de un tiempo. El trabajo de Neidan era eventual como ayudante de albañil, lo que le permitía apoyar a Daniela, quien era de una familia humilde.

 

El 15 de abril, Neidan y Daniela fueron al médico y luego a la casa de ella. Pasaron el tiempo escuchando música y conversando, y planearon ir al centro en metrovía. Silvia recibió un audio de Neidan informándole sobre sus planes. Sin embargo, esa noche no regresaron a casa y no respondieron en Facebook. Silvia y su esposo fueron a la casa de la madre de Daniela, pero ella pensaba que estaban en casa de Silvia. Al no saber nada de ellos desde las 2 de la tarde, Silvia puso una denuncia de desaparición en la fiscalía del cuartel modelo, y luego en DINASED. Daniela tenía 17 años y Neidan 19. Aunque algunos pensaban que Neidan se había llevado a Daniela, esto no tenía lógica porque la relación era aprobada. El miércoles 17 de junio, se trasladaron a Dinased para dejar los documentos, pero no encontraron a la gente que debía recibirlos, así que los dejaron con la policía en la puerta. Fueron citados al día siguiente, jueves 18 de junio al mediodía, para tomarles declaraciones y les informaron que les iban a enviar los afiches de desaparecidos para pegarlos.

 

 

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El domingo de votaciones, el agente de DINASED les pidió que se acercaran el lunes a criminalística, a la morgue de la PJ, en antropología. El lunes 22 de junio, a primera hora de la mañana, se comunicaron con la madre de Daniela y fueron juntos. El antropólogo les informó que el sábado 20 de abril habían encontrado dos cuerpos, un hombre y una mujer.

 

Se informó que los cuerpos estaban en un estado de descomposición de cuatro días y conservaban todos sus accesorios y ropa. Las familias quedaron impactadas y no querían creer que eran sus hijos. El antropólogo revisó los cuerpos basándose en estas características y les pidió que regresaran el martes 23 de abril. Al regresar, les informó que el cuerpo de la mujer coincidía más por los accesorios que por su físico, y el del varón sólo coincidía en la dentadura.

 

Se les mostró una foto del lugar donde encontraron los cuerpos y toda la familia los reconoció. El 22 de marzo, criminalística les entregó un escrito para la orden de ADN, y el 23 les tomaron las muestras, informándoles que el análisis tardaría 20 días en sangre y 40 en hueso. Criminalística no pudo hacer más.

 

Después de la morgue, hablaron con familiares y dos funerarias. Las funerarias dijeron que no podían hacer nada por la orden del fiscal. Una funeraria preparó papeles para la identificación de los cuerpos, pero criminalística no pudo actuar por orden del antropólogo. Desde el 23 hasta finales de abril, intentaron recuperar los cuerpos y consultaron a un abogado, pero no tenían dinero suficiente.

 

Silvia esperó 20 días y el 26 de mayo fue a la morgue, pero le informaron que no habían hecho ninguna prueba debido a casos acumulados. Silvia se angustió al saber que no habían procesado las muestras de ADN. Con ayuda de un forense, bajaron a las oficinas de criminalística por las muestras, pero el agente responsable había pedido permiso por una calamidad. Finalmente, el agente regresó y entregó las muestras de los códigos.

 

El 18 de mayo, la señora recibió un correo informando que se habían entregado muestras de hueso, estimando un tiempo de 45 días más. La noticia la afectó mucho, y la madre de Daniela también se angustió. Contaron 45 días desde esa fecha.

 

Once días después, fueron al laboratorio para verificar el progreso, recordando la experiencia anterior. Les informaron que estaban trabajando en el caso y que los resultados estarían en 45 días, notificándoles si se completaban antes. El 7 de junio, recibió un correo con un informe del caso enviado al fiscal, indicando que debía recoger los resultados en la fiscalía. Al llegar, les informaron que los resultados no estaban disponibles porque los secretarios no estaban. Les pidieron regresar el viernes a las 8 am.

 

Cuando volvieron, el secretario dijo que el correo había sido enviado a un fiscal jubilado. Les indicaron que debían regresar al laboratorio y enviar el informe a un secretario activo. En el laboratorio, el doctor confirmó que también habían enviado el correo a los secretarios. Ella proporcionó el nuevo correo del secretario, y el informe fue reenviado. Finalmente, recibieron el informe de ADN positivo y la orden de entrega de los cuerpos. Fue doloroso saber que el antropólogo se había negado a entregar los cuerpos anteriormente.

 

Al mediodía del 7 de junio, llegaron a la morgue y entregaron la orden a un agente, quien selló los documentos, pero les informó que no podían entregar los cuerpos porque estaban completamente congelados y su extracción era compleja. La madre de Daniela insistió en que debían entregar los cuerpos ese día, ya que la orden era para ese día y la funeraria estaba esperando. La agente les explicó que las funerarias sabían que no podían entregar cuerpos en esas condiciones. Finalmente, les dieron una nueva fecha de entrega para el martes.

 

Sin embargo, el martes 11 de junio, un agente de criminalística les informó que estaban en una emergencia sanitaria debido a contenedores que no funcionaban correctamente. No podían dar más detalles ni entregar los cuerpos ese día. La Sra. Silvia se alteró y exigió el cuerpo de su hijo, pero les dijeron que podrían recibirlos a las 16.00 horas. Esperaron desde las 10:30 hasta las 15:00.

 

A esa hora, otro agente se les acercó, y de manera despectiva les informó que no podrían entregarles los cuerpos debido al mal estado de los contenedores.

 

Los cuerpos estaban apilados y en avanzado estado de descomposición, y sin los trajes adecuados para su manejo, sacarlos representaba un riesgo sanitario. Más familias estaban esperando el ADN y los cuerpos, algunas desde marzo, mientras otras recibían los cuerpos rápidamente. El olor en el lugar era fuerte y llegaba hasta los alrededores. Afuera, periodistas, personas y un abogado cuestionaron el estado de los contenedores y por qué los cuerpos no estaban en orden. El agente de criminalística dijo que no tenían fecha de entrega y sugirió denunciar la situación.

 

El miércoles, el abogado presentó un escrito a criminalística. Esa madrugada, supieron que sacaron cuerpos del contenedor y al llegar a las 6 am, el olor era peor. Pusieron una malla negra para ocultar la vista. El padre de Daniela fue informado de que a las 8 am les entregarían los cuerpos. Un subteniente se disculpó por el trato del martes. Llenaron los papeles y llamaron a la funeraria, pero querían asegurarse de que los cuerpos eran realmente de sus hijos.

 

Silvia y la madre de Daniela entraron con mascarillas y vieron que los cuerpos estaban en fundas negras, apilados y en estado de descomposición. Silvia reconoció a su hijo por el cráneo, pero Daniela estaba en un estado más deplorable, lo que hizo que su madre no pudiera reconocerla y se sintiera devastada. Silvia criticó a los trabajadores de la morgue por su falta de humanidad y sensibilidad, enfatizando que todos merecen una sepultura digna sin importar su clase social.

 

 

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Ver corto documental testimonial “Calvario en la morgue”

(CDH, 22.06.2024, 14minutos10segundos)

 

Ver aquí: https://tinyurl.com/3ra8hn8c

 

 

 

 

6. Normas nacionales pertinentes (protocolos de tratamiento de cuerpos)

 

Protocolo Integral para la Gestión de Cadáveres y Restos Humanos de Interés Forense

 

Ley Orgánica de Salud

 

Art. 89. Los cadáveres no identificados o que no fueren reclamados en el plazo de treinta días posteriores a su fallecimiento, se entregarán a título de donación a las facultades de Ciencias Médicas o de la Salud legalmente establecidas dando preferencia a las estatales, o se inhumarán de conformidad con las disposiciones pertinentes. De los cadáveres no identificados, previa a su donación o inhumación, se extraerán muestras que permitan la obtención del perfil genético de la persona. Esta información será registrada en un banco de datos de cadáveres no identificados.

 

Art. 90. No se podrá proceder a la inhumación o cremación de un cadáver sin que se cuente con el certificado médico que confirme la defunción y establezca sus posibles causas, de acuerdo a su diagnóstico. Esta responsabilidad corresponde a los cementerios o crematorios según el caso.

 

Acuerdo Interinstitucional N° 00001-MSP-SNMLCF-FGE-DIGERCIC-INEC Reglamento para el manejo y disposición final de cadáveres, mortinatos, piezas anatómicas, osamentas humanas; Así como el funcionamiento de los establecimientos que prestan servicios funerarios / registro oficial N° 626 del 26 de enero del 2022.

 

Art. 4 Los cadáveres, mortinatos, piezas anatómicas u osamentas humanas deberán ser reclamados en los establecimientos de salud dentro del término de tres (3) días posteriores al deceso, o extracción, en el caso de pieza anatómica. Los cadáveres o mortinatos no podrán ser cremados cuando se trate de muerte violenta, medie orden judicial o no sean identificados, reconocidos y/o reclamados por los deudos. Los cadáveres no sujetos de investigación o mortinatos identificados que no han sido reclamados dentro del término establecido, deberán ser gestionados conforme lo determinado en el artículo 89 de la Ley Orgánica de Salud.

 

Art. 6 Los cadáveres, mortinatos, piezas anatómicas u osamentas humanas no identificados y no retirados en el plazo de un (1) mes de las Unidades Forenses del Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o quien ejerza sus competencias, podrán ser donados a las facultades de ciencias médicas o de la salud legalmente establecidas. En el caso de que las facultades no requieran estas donaciones, se cumplirán con los procesos técnicos de necroidentificación, garantizando su mantenimiento en condiciones de conservación adecuadas, que no comprometan la integridad del cadáver ni alteren las posibles evidencias.

 

Respecto a los cadáveres de personas de nacionalidad extranjera identificados y no retirados, que se encuentren en las Unidades Forenses del Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o quien ejerza sus competencias, o en establecimientos de salud públicos o privados, la máxima autoridad o su delegado de esa Unidad Forense o del establecimiento de salud, coordinará con la misión diplomática acreditada en el Ecuador a través del canal regular del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, dentro de un día posterior al fallecimiento el destino final del cadáver de la persona extranjera, lo cual se informará al Fiscal competente para los fines legales pertinentes. La misión diplomática acreditada en el Ecuador o su delegado en el país, tendrá la responsabilidad de coordinar y gestionar el destino final del cadáver, conjuntamente con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

 

Art. 42. Si un cadáver por muerte violenta, al momento del levantamiento no cuenta con documentos de identidad o deudos que puedan proporcionar una posible identidad, luego de ser sometido a los procesos de necroidentificación, se lo categorizará como cadáver en condición de No Identificado N.N. y se procederá a inscribir la defunción ante la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación, con el código asignado por la autoridad competente y no podrá ser entregado a ningún supuesto deudo o reclamante hasta su identificación técnica.

 

Art. 44. Los cadáveres en condición de No Identificados N.N. ingresarán al proceso de inhumación colectiva a cargo del Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en cumplimiento a lo dispuesto en el presente Reglamento.

 

Art. 50. El Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Fiscalía General del Estado, el Consejo de la Judicatura y demás instituciones en el ámbito de sus competencias, serán responsables de la generación y administración del usuario de los profesionales médicos legistas y médicos peritos que certifican defunciones en el Sistema Nacional de Registro de Datos Vitales-REVIT-Módulo Defunciones. La información registrada en el Sistema Nacional de Registro de Datos
Vitales- REVIT- Módulo Defunciones, se administra bajo los principios de confidencialidad y buen uso de la información.

 

Art. 63. Los cementerios públicos y privados pondrán a disposición de la Autoridad Sanitaria Nacional y del Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o quien ejerza sus competencias, sin costo alguno, el cuatro por ciento (4%) de su área total de los espacios destinados para la inhumación (tumbas o nichos individuales) debidamente identificados y codificados, para la disposición de cadáveres, mortinatos, piezas anatómicas u osamentas de personas no identificadas e identificadas y no retiradas; del cual se distribuirá el 2% para cada institución. En caso de sobrepasar la capacidad de espacios asignados en los cementerios públicos y privados, los Gobiernos Autónomos Descentralizados, Distritos Metropolitanos y demás entidades competentes, destinarán nuevo espacios públicos con la finalidad de garantizar la disposición final de los cadáveres.

 

 

7. Estándares internacionales de tratamiento de cuerpos:

 

Personas desaparecidas, el análisis de ADN y la identificación de restos humanos: guía sobre mejores prácticas en conflictos armados y otras situaciones de violencia armada- Comité Internacional de la Cruz Roja
https://repositorio.colmex.mx/concern/books/9g54xj55w?locale=es

 

3.1 Tras la identificación presunta de un conjunto de restos humanos, es imprescindible intentar aportar pruebas adicionales de su identidad, utilizando, idealmente, por lo menos una forma de identificación científica.

 

3.2 Los programas de identificación que utilizan bases de datos comparan los identificadores tomados de restos humanos individuales, como huellas digitales, datos ante y postmortem, y ADN, con una base de datos que contiene identificadores a nivel de la población.

 

Bases de datos de derecho internacional humanitario- Cruz Roja https://ihl-databases.icrc.org/es/customary-ihl/v1/rule115

 

• Los Convenios de Ginebra requieren, además, que, en principio, el entierro se realice individualmente. Sólo pueden usarse tumbas colectivas cuando las circunstancias no permitan el uso de tumbas individuales o, para el entierro de prisioneros de guerra o internados civiles, en caso de fuerza mayor que imponga el uso de tumbas colectivas- I Convenio de Ginebra (1949), art. 17 (ibíd., párrs. 372 y 398); III Convenio de Ginebra (1949), art. 120 (ibíd., párrs. 372 y 399); IV Convenio de Ginebra (1949), art. 130 (ibíd., párrs. 372 y 400)

 

• En los Convenios de Ginebra se señala que debe inhumarse a los muertos, siempre que sea posible, de acuerdo con los ritos de la religión a la que pertenecían y que sólo pueden ser incinerados en circunstancias excepcionales, esto es, debido a razones imperativas de higiene, porque lo exija la religión de los fallecidos o por deseo expreso de estos. - I Convenio de Ginebra (1949), art. 17, primer párrafo (ibíd., párr. 430); II Convenio de Ginebra (1949), art. 20, primer párrafo (ibíd., párr. 431); III Convenio de Ginebra (1949), art. 120, quinto párrafo (ibíd., párr. 432); IV Convenio de Ginebra (1949), art. 130, segundo párrafo (ibíd., párr. 433)

 

 

 

 

Referencias

 

Comisión de salud habla con el diario El Expreso. ‘’Comisión de Salud de la Asamblea pide cuentas a Medicina Legal " (30 de junio de 2024)’. El Expreso. Recuperado el 09 de julio de 2024 de https://www.expreso.ec/guayaquil/comision-salud-asamblea-pide-cuentas-medicina-legal-morgue-colapsada-205115.html

 

Ecuador toca fondo en 2023 y termina como el país más violento de América Latina’’ (30 de diciembre de 2023). Primicias. Recuperado el 09 de 07 de 2024 de https://www.primicias.ec/noticias/seguridad/ecuador-pais-mas-violento-america-latina/

 

Layedra,F (13 de junio de 2024). ‘’Colapso en la morgue de Guayaquil: la Gobernación dice que todo está resuelto’’. El Expreso. Recuperado el 09 de 07 de 2023 de https://www.expreso.ec/guayaquil/colapso-morgue-gobernacion-guayas-203309.html#:~:text=De%20acuerdo%20con%20una%20publicaci%C3%B3n,adecuado%20como%20medida%20de%20correcci%C3%B3n%E2%80%9D.

 

Layedra, F (28 de junio de 2024). ‘’Los cadáveres de la morgue, inhumados por segunda semana’’. El Expreso. Recuperado el 09 de junio de 2024 de https://www.expreso.ec/guayaquil/morgue-medicina-legal-cadaveres-muertos-centro-forense-205044.html

 

‘’Tres inhumaciones masivas ha realizado Medicina Legal para desocupar contenedores dañados que había en la morgue de Guayaquil’’ (6 de julio de 2024). El Universo. Recuperado el 09 de julio de 2024 de https://www.eluniverso.com/noticias/seguridad/cuerpo-sin-identificar-morgue-de-guayaquil-inhumaciones-cementerios-contenedores-descomposicion-nota/

 

‘’Vecinos de la morgue de Guayaquil, invadidos por el 'olor a muerte'’ (13 de junio de 2024). Primicias. Recuperado el 09 de 07 de 2023 de https://www.primicias.ec/noticias/sucesos/crisis-morgue-guayaquil-malos-olores-quimicos/