
Exigimos a la Corte Constitucional que garantice los derechos de las personas en movilidad humana del Ecuador.
Las organizaciones sociales y de derechos humanos nacionales e internacionales que suscribimos este pronunciamiento denunciamos la ejecución de procedimientos migratorios y deportaciones que están desconociendo garantías básicas como el debido proceso, la presunción de inocencia, el derecho a la defensa, la unidad familiar y el principio de no devolución a partir de la vigencia de las reformas de la Ley Orgánica de Movilidad Humana (LOMH) en el Ecuador.
Personas con visas legalmente otorgadas y con años de vida construidos en Ecuador están siendo notificadas de manera arbitraria sobre la revocatoria de su situación migratoria -revocatoria fundamentada en informes "confidenciales" o "reservados" - y sometidas a procedimientos acelerados de deportación. Algunas han sido expulsadas hacia países con los que prácticamente no mantienen vínculos, sin conocer adecuadamente las razones, sin tiempo suficiente para defenderse y sin acceso a recursos efectivos antes de que la deportación sea ejecutada.
Esta práctica ha instalado miedo e incertidumbre entre cientos de familias migrantes. Nadie debería vivir con el temor de que una decisión estatal, conocida apenas horas antes de subir a un avión, pueda borrar en minutos años de trabajo, vínculos familiares, arraigo y vida construida en Ecuador.
No es aceptable que la invocación de “informes confidenciales y reservados” se convierta en una fórmula para suspender derechos. La reserva de información no puede reemplazar pruebas, eliminar la presunción de inocencia ni impedir que una persona conozca y controvierta las razones de una decisión que puede destruir su proyecto de vida y separar a su familia.

El 29 de junio de 2026, organizaciones sociales y de derechos humanos presentamos ante la Corte Constitucional una demanda de inconstitucionalidad frente a estas disposiciones solicitamos su suspensión provisional.
Hacemos un llamado urgente a la Corte Constitucional del Ecuador para que priorice su conocimiento y adopte las medidas necesarias para detener estas vulneraciones.
Los derechos de las personas en movilidad humana no pueden existir únicamente en la Constitución, en tratados internacionales o en discursos institucionales. Deben ser derechos reales: exigibles, protegidos y efectivos cuando el poder del Estado amenaza con vulnerarlos. La condición migratoria no disminuye la dignidad de una persona ni convierte sus derechos en derechos de segunda categoría. La seguridad no puede construirse sobre la xenofobia, la sospecha generalizada ni la eliminación de garantías constitucionales.
La Corte Constitucional tiene hoy la responsabilidad de poner un límite. Ninguna persona debe ser expulsada del país mediante procedimientos arbitrarios, secretos y sin posibilidad real de defensa.
Guayaquil, Jueves 17 de septiembre de 2026
Organizaciones firmantes
Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos – Ecuador
Alianza Migrante — Ecuador
Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES) — Colombia
Asociación de Venezolanos en el Chocó — Colombia
Corazón Doble Tricolor — Colombia
Canadian Centre for Universal Human Rights Society — Canadá
Red de Periodistas Migrantes — Chile
ONG Venezuela Sin Fronteras — Colombia
Fundación Cónclave Investigación de las Ciencias Jurídicas y Sociales (CIJYS) — Haití/Chile
ONG Migrantes en los Ríos — Chile
Instituto para las Mujeres en la Migración, A.C. (IMUMI) — México
Frente de Migrantes Organizados de la República Argentina — Argentina
Fundación Mahuampi Venezuela — Colombia
ONG Venezuela Global — Brasil
Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos del Ecuador — Ecuador
Equipo Misionero — Ecuador
Union Tierra y Vida — Ecuador
Asociación de Inmigrantes por la Integración Latinoamericana y del Caribe (APILA) — Chile
Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo SJ” (CSMM) — Ecuador
Fundación Migración en Positivo (M+) — Colombia
Red Jesuita con Migrantes en las Américas — Continental
Canada Venezuela Democracy Forum — Canadá
Fundación Venearuba Solidaria — Aruba
Gran Acuerdo Venezuela — Colombia
Delegada Distrital en Derechos Humanos de la Población Migrante, Refugiada y Retornada — Colombia
Fundación Creando Ilusiones — Colombia
The Center for Engagement and Advocacy in the Americas — Regional
Asociación Rumiñahui — España
Fundación Mujeres de Nueva Luz — Colombia
Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones (MNSCM) — Colombia
FUNDATRANSVIDA
Incluimos el expediente de la demanda ante la Corte Constitucional: https://tinyurl.com/3k9fcms2
