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Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos

Carcel15.1

Por Billy Navarrete Benavides
Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos

En los últimos 5 años el sistema carcelario en el Ecuador registró transformación sin precedente como resultado del nuevo modelo de gestión penitenciaria aplicado en los 53 centros de rehabilitación que operan en el país (i). El CDH considera indispensable que la sociedad ecuatoriana hable sobre sus cárceles en relación a los compromisos del Estado en materia de Derechos Humanos.

 

 

 

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La política pública para este sistema a cargo del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos (ii), incluye la construcción de cárceles, la contratación de personal, el equipamiento para la seguridad, la clasificación de la población internada, el régimen de visitas, entre otros aspectos. El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, informó de la inversión de 200 millones de dólares en construcción de tres centros de rehabilitación social (CRS) regionales en Guayas, Cotopaxi y Azuay, nueva infraestructura que alberga a cerca del 50% de la población penitenciaria nacional (iii). Esta intervención incluye la 2 Declaratorias de Estados de Emergencia con fecha junio 2007 y agosto del 2010 (iV).

 

Población privadas de la libertad

 

Las cifras de agosto del 2007 que registra a 18.6750 prisioneros en 33 centros del país (v). Dos años después, en agosto de 2009 la Defensa Publica del Ecuador registró la fuerte disminución de 11.279 personas en prisión resultado de la Campaña gubernamental “Cero presos sin sentencia” y el indulto a las denominadas mulas del narcotráfico que dejó en libertad a 2.221 personas a nivel nacional (vi). Pero en octubre del 2013 se registró nuevamente 24.203 (vii)  considerando la liberación de 1.718 PPL entre agosto y diciembre de 2014 resultado de la aplicación del principio de favorabilidad (viii) y para septiembre del 2014, se cuenta con 26.821 personas internadas (ix).

 

Los flujos de la población penitenciaria, en principio, han permitido no congestionar los nuevos centros de privación de libertad en el país. Simultáneamente, y en corto plazo, se registra un acelerado incremento resultado, entre otros, de la vigencia del Código Orgánico Integral Penal (x) con la inclusión de nuevos tipos penales, operaciones policiales antidelictivas de gran cobertura contra el crimen organizado y microtrafico y el nivel de reincidencia como efecto cuestionador del proceso de rehabilitación

 

El régimen de Máxima Seguridad y la política de rehabilitación

 

La provincia del Guayas concentra el 36 % de privados de libertad (xi) en el complejo carcelario ubicado en el Km 16 Vía Daule, que integra al Centro de privación de libertad de personas adultas en conflicto con la ley n° 1, conocida como Penitenciaria del Litoral construida en 1958, con un complejo de pabellones para hombres y una para mujeres,  y al Centro de privación de libertad de personas adultas en conflicto con la ley zonal 8 - regional Guayas conocido como “Regional” o “La Roca”. Esta última considerada de máxima seguridad.

 

Según el Ministerio de la Justicia, este nuevo modelo de gestión tiene la voluntad de “humanizar y dignificar la vida de la población carcelaria a través de la educación, las terapias ocupacionales y espacios higiénicos vitales” (xii). Para el CDH, la actual realidad de las cárceles en Ecuador no llena la ambiciosa aspiración del nuevo modelo gubernamental. Todo lo contrario, asistimos a un progresivo de alejamiento de la población carcelaria del resto de la sociedad como expresión de la política pública de máxima seguridad en el nuevo régimen penal.

 

Guayaquil en la década en curso ha tenido dos cárceles con régimen de máxima seguridad, ambas conocidas como “La Roca” en relación al famoso ex penal norteamericano Alcatraz. La primera, el Centro de Rehabilitación Social N°2 se abrió oficialmente el 24 de Julio del 2010 y fue demolida en el 2014.  Constituyó la primera en su tipo en el Ecuador por su riguroso régimen de tratamiento y la tecnología de control.

 

Ubica en la vía Daule, adyacente a la Penitenciaria del Litoral, al norte de Guayaquil, el CRS-2 tuvo capacidad para ciento cincuenta y dos personas privadas de libertad, en ochenta y cuatro celdas desplegados en dos pisos, con muros infranqueables de veinte centímetros. Tuvo diseño de estructura panóptica y celdas individuales con cámaras de vigilancia.

 

Este centro de máxima seguridad fue gestionado media década atrás, por el Ing. Jaime Nebot, Alcalde de Guayaquil, para descongestionar la Penitenciaria del Litoral y crear una prisión que permita separar al contraventor del verdadero delincuente. (xiii)

 

La idea principal fue destinar esta cárcel para los presos calificados por las autoridades carcelarias y policiales del país como altamente “peligrosos”. Desde el principio, no se tuvo claro qué criterios se usaron para escoger a los PPL que serían trasladados al CRS-2.

 

La segunda de máxima seguridad, conocida como la Cárcel Regional o La Roca construida en el 2012 por el Gobierno Nacional de Rafael Correa bajo el control del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, fue habitada desde 5 agosto del 2013 por 108 reclusos, entre ellos “los más buscados” provenientes de la CRS-2 (La Roca del Municipio) y el 2 de diciembre del mismo año con el traslado de población de la antigua Penitenciaría  del Litoral. Esta cárcel tiene una capacidad para albergar a 3412 internos.

 

Para marcar la puesta en marcha y perfil de este centro carcelario, el Ministro de Seguridad dijo “las visitas se convierten en privilegio que deben ganarse los internos, cumpliendo ciertas condiciones establecidas en el nuevo régimen” (xiv). Posteriormente durante meses se registraron quejas por la incomunicación de los reclusos, clara confusión y angustia de sus familias debido al nuevo régimen de visitas a través del sitio web dispuesto por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

 

Según información del Ministerio de Justicia, el interno debe elaborar una lista de maximo 10 personas. En cada visita se permite el acceso a solo 2 adultos o uno con un niño mayor de 13 años (xv).

 

Equipos de última tecnología como videocámaras, scanner de cuerpo entero, detectores de metales, inhibidores de señal de teléfonos celulares, (xvi) no impidió el tráfico de armas dentro los prisiones, tiroteo, muertes, fuga y extorsión que involucraron a funcionarios carcelarios. Sin embargo, el Ministerio de Justicia anunció sanciones administrativas para 148 guías penitenciarios durante el 2014 en las cárceles de Guayas (xvii), amplias operaciones policiales para desmantelar redes de corrupción y el inicio de procesos judiciales, incluso por sabotaje luego de espectacular evasión a dos meses de inaugurada cárcel Regional (xviii). Algunos de los acusados recobran la libertad meses después por falta de pruebas (xix).

 

Requisas realizadas a las dos versiones de La Roca entre los años 2010 y 2014 demostraron que el tráfico de bienes ilícitos, incluyendo. “teléfonos celulares, armas, cocinetas, refrigeradoras, televisores, entre otros, (xx) seguía manteniéndose con la colaboración de guías penitenciarios y Policías Nacionales (xxi).

 

En la Regional la población se hayan segregada por grado de peligrosidad establecida por las autoridades. Esta clasificación se nota, entre otras cosas, por el tratamiento diferenciado de las visitas de sus cónyuges, parientes y abogados. Los calificados como peligrosos tienen menos tiempo libre, menos salidas fuera de sus celdas y se encuentran más vigilados.

 

 

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El alejamiento geográfico, social y familiar.

 

Y después cuando suspendieron todo eso, ya no pude ingresar nada. Yo llevaba botellas de colada y eso lo hacía por el amor a mi hija pero los guías no me dejaban entrar, me decían: señora, ud. no puede entrar eso. Y yo les respondía que eso lo había hecho para mi hija. No, señora, tómese o bótela. Es el testimonio de María Victoria madre que denunció la muerte de su hija Adriana en el 2014 en la cárcel de mujeres de Guayaquil por falta de atención médica. María Victoria, es una anciana que contó las dificultades que tenía para ir a visitarla por su pobreza. Había ocasiones que tenía que enterrar el dinero para el transporte de regreso en algún terreno baldío cerca de la cárcel porque los guardias se lo quitaban. A veces al salir y buscar el dinero escondido, no lo hallaba.

 

Generalmente las cárceles están ubicada en zonas apartadas, lejos del centro de la ciudad. Para la familia, la distancia se presenta como fuerte obstáculo en términos de tiempo y de dinero. Además contribuye a reducir los contactos entre las personas privadas de libertad y su familia.

 

En el 2000, la Federación Internacional de los Derechos Humanos realizó una misión internación de observación referido a la situación de las cárceles en Ecuador. El equipo internacional señaló las malas condiciones de detenciones, evidenciando las instalaciones obsoletas, la superpoblación y condicione de detención infrahumana, la violación de la presunción de inocencia, la corrupción del personal administrativo, la falta de capacitaciones para el personal de seguridad.  Las condiciones de las cárceles en esa época no correspondía a los estándares de nuevo modelo carcelario de seguridad. Pero la FIDH índico como uno los aspectos positivos que valía felicitar al Ecuador era el mantenimiento de los enlaces familiares (xxii).

 

“….La presencia de cónyuges y de niños en las cárceles visitando a sus familiares detenidos, o han viviendo ahí en el caso de los niños. El mantenimiento de esos enlaces familiares, durante los horarios de visita y también fuera de las horas fijadas para las visitas, forma parte integrante de los esfuerzos de rehabilitación de las personas detenidas. Sin duda constituyen un apoyo moral y afectivo muy importante para cualquier persona que se halla privada de libertad.” (xxiii)

 

El apoyo moral y afectivo que proporciona las familias es restringido y mucho menos se fomenta actualmente en las cárceles del Ecuador. El aislamiento causado, entre otras, por las restricciones de visitas no contribuye al proceso de rehabilitación. Esta ruptura de enlaces familiares y sociales, contribuyen a mantener los presos en condiciones emocionalmente frágiles.

 

El CDH recibió varias denuncias de familia referido a este aspecto y que afecta de forma más aguda a PPL en condición de movilidad.  

 

La señora Dávila Iturralde denunció el extremo aislamiento que padecen todos los presos, “concretamente en el caso de mi esposo, el asilamiento llega al extremo de no poder entregarle unas cartas que le escribió su mamá que vive en España, María del Carmen Herrero Berdejo, cartas que para la denunciante son absolutamente inofensivas y de gran ayuda emocional para quien está atravesando por una situación como esta.

 

A este testimonio sumo el de Angela Consiglio, enferma de cáncer, que el 18 de marzo de 2015 nos dice “vivo en Roma. No puedo llamar y escuchar la voz de mi hijo detenido en el Pabellón de Mediana Seguridad de la cárcel Regional en Guayaquil. David puede llamar solo si tiene dinero para pagar un teléfono “de contrabando” con el miedo que si lo descubren pueden sancionarlo con 2 años más de detención. Mi hijo está más solo que los solos”. El 11 de junio de 2015 recibimos información de que “le quitaron las visitas así que nadie puede encontrarlo y además el chico nos llama de escondida diciendo que unos guardias lo maltratan casi cada día sin tener una motivación”.

 

 

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Restricciones al Derecho a la Salud

 

Varias testimonias de familiar de personas privadas de libertad relatan la dificultad de los detenidos para disponer de una atención médica adecuada. El derecho a la salud para las personas privadas de libertad es un derecho fundamental para el bueno estado mental y emocional de los detenidos.

 

Familiares de internos en comunicado público denuncian que “solo existe Paracetamol y Diclofenaco que les dan para todas las enfermedades. Si un PPL quiere atención médica tiene que pagar en los diferentes filtros para poder llegar al doctor”.

 

Anotamos el caso de David Daniel Deleg Farias sentenciado a 8 años en la Cárcel Regional. El 30 de mayo del 2015 su madre lo encontró enfermo y el doctor del centro le indicó que “necesitaba una operación de urgente”. El CDH el 4 de junio de 2015 se dirigió a la Cruz Roja del Guayas para solicitar su intervención en este caso. El 9 de junio la Cruz Roja del Guayas nos responde que “con gusto consideraríamos su requerimiento la misma que debería ser solicitada por medio de una Orden Judicial”.

 

Incluir permiso judicial como requerimiento para intervenir en casos de corte humanitario es un nuevo elemento adverso a la garantía a la vida e integridad física en prisión.

 

Demás la madre de Jorge Alfredo Sánchez Triviño el 19 de enero de 2015 denunció “el 12 de septiembre del 2013 mi hijo sufrió la fractura de tibia, peroné y tobillo de su pierna derecha resultado de la caída de una altura de aproximadamente 6 metros, luego de recibir descarga eléctrica por reparar un aire acondicionado dentro del Centro de Privación de Libertad de Personas Adultas Guayaquil 1 (CPLPAG1). Cabe aclarar que esta tarea la realizaba cumpliendo encargo de funcionarios del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

 

El 2 de diciembre del 2013 fue trasladado al Centro de Rehabilitación Social Regional Zonal 8, Pabellón de Máxima Seguridad A12-301. Mi hijo no recibió atención médica porque en el traslado, al parecer, se extravió el expediente sobre su estado de salud: radiografías y citas médicas. Esta situación me forzó en unirme a una protesta contra la tortura que se realizó el 26 de junio del 2014 frente al centro carcelario.

 

Resultado de la denuncia que hice ante los medios de comunicación mostrando una orden judicial del Cuarto Tribunal de Garantías Penales para que mi hijo reciba atención médica, él fue atendido en el Hospital Universitario pero hasta hoy sigue pendiente la operación recomendada y su tobillo se encuentra deformado”.

 

Revisiones vaginales, cuando las prácticas salvajes se mantienen.

 

Aunque el nuevo modelo penitenciario se apoya sobre una tecnología moderna, algunas prácticas inhumanas se mantienen. Ese es el caso de la práctica de exploraciones de cavidades corporales a las mujeres visitantes.  

 

El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos CDH, ha documentado el trato cruel, inhumano y degradante que sufren los familiares de privados de la libertad y sus abogadas particulares al obligarles a despojarse de sus ropas y a sufrir tacto corporal en sus partes íntimas como medio de control del ingreso de objetos ilegales.

 

El 29 de abril de 2015 familiares reunidas en el Comité “Unidas Somos Más” denunciaron formalmente que “muchas de nosotras llevamos a las visitas a nuestros hijos pequeños y tenemos que permitir que nos desnuden en su presencia y que revisen a nuestros niños. Hay una inversión considerable en tecnología pero al parecer estos equipos no evitan esta tortura”

 

El CDH exige que en el ingreso de visitas a las cárceles, se eliminen la práctica de exploraciones de cavidades corporal a las visitantes, que se coloque anuncios visibles que contengan los derechos y obligaciones que contraen la visitas y que se priorice el uso de equipo y tecnología para la detección de objetos y sustancias prohibidas.

 

Privación de bienes personales, un práctica deshumanizante

 

Las mujeres de los presos, los amigos de los presos, los abogados de los presos; todos en mayor o menor medida han perdido la libertad de vestir un escote coqueto, de llevar zapatos con cordones, de lucir objetos por el gusto de que así sea. Así comienza una crónica publicado en el diario Expreso (xxiv) que describe el despojo que sufren quienes visitan a presos y el negocios de quienes “cuidan cosas por 50 centavos.”, incluso por cuidar bebes recién nacidos por estar prohibido su ingreso.

 

Familiares de internos el 29 de abril de 2015 entregaron documentación al CDH que señala la situación al ingresar los días de visita. “Los casilleros que se han adquirido para guardar las pertenencias de los familiares está en mal estado y nosotros tenemos que pagar afuera del centro. Día a día cambian el color de ropa con que nos permiten ingresar y nos indican que vayamos al frente a alquilar otro tipo de sandalia o color de blusa”.

 

Entre más de 60 artículos vetados, se anotan maquillaje, tacos, minifaldas, escote, piercing, bisutería, alimentos, bebidas, medicina, productos de aseo personal. El CDH considera que estos son procedimientos de deshumanización y de despersonalización que reprime expresiones culturales preciadas por quienes están en prisión o quienes los visitan y demás amplia el perímetro de la condena y los condenados.

 

En este marco de restricciones del internamiento hallamos la rigurosa asepsia que evita que la población carcelaria se relacione con el hábitat temporal donde vive, prohíbe que se relacione con su celda, con el patio; agravando su aislamiento tiempo espacio.

 

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Homicidios

 

El publicitado equipamiento de seguridad demostró ser insuficientes frente a la corrupción y la violencia. Desde enero del 2012 hasta mayo del 2015 el CDH registro 15 homicidios (xxv) en circunstancias violentas en la Roca, la Regional y la Penitenciaría del Litoral, que incluyeron uso de armas de fuego.

 

El CDH recibió el 6 de mayo del 2015 la denuncia sobre amenazas de muerte que recibió Wilmer Geovanny Chavarría Barre dentro del Centro de privación de libertad de personas adultas en conflicto con la ley Zonal 8 - Regional Guayas por parte del privado de la libertad Jorge Luis Zambrano. Según familiares del afectado, esta situación es conocida por directivos del centro carcelario sin ordenar, por parte de ellos, acciones prevención. El 27 de junio de 2015 la DPE, por pedido del CDH, se dirigió a autoridades del centro carcelario solicitando precautelar vida de interno y examinar posibilidad de traslado. No tenemos respuesta a este caso.

 

El 5 de mayo de 2015 se registro la muerte de Fernando Felipe Suarez Hallón en la Carcel Regional encontrado en el patio de un pabellón con disparos de bala. En el parte policial consta que la noche anterior la víctima había gritado pedido auxilio que fue escuchado por el personal de seguridad (xxvi).

 

Protestas

 

El CDH 12 de enero de 2015 recibió información de la protesta realizada por el nigeriano Ekene Theophilus de mediana seguridad de la Cárcel Regional por las condiciones de vida de los internos. El PPL tenía un cartel que decía “Somos seres humanos, no animales”.

 

En marzo de 2015 los internos del pabellon  de Maxima Seguridad del Centro de Rehabilitación Social de Turi en Cuenca realizaron protesta y 15 PPL fueron sancionados por el delito de sabotaje por los daños materiales a camaras de vigilancia, paredes, sillas y mesas. (xxvii)

 

El 10 de septiembre de 2015 se registro protesta de interno en la cárcel de Latacunga. Los hechos se desataron luego de que un interno sufriera caida desde segundo piso del pabellón de "maxima especial" y fue evacuado 3 horas después del accidente (xxviii). En fotos se observa internos en los techos de los pabellones del centro que pedían “buen trato, buen trato” y fue intervenido por militares y policías.

 

El 11 de mayo del 2015 el Comité de Familiares de Privados de la Libertad “Unidas Somos Más” realizó un Plantón frente al edificio del Gobierno Provincial y luego se movilizó a exteriores de “La Roca”. Las 30 mujeres del comité de familiares vestían camisetas anaranjadas como el uniforme de sus parientes encarcelados, algunas con el rostro cubierto o disfrazadas por temor a represalia contra sus parientes en custodia. Las manifestantes mostraban carteles mientras veían que los internos quemaban colchones. Resultado del intento de motín 26 privados de la libertad actualmente son juzgados por delito de incendio.

 

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Consideraciones finales

 

El 21 de mayo de 2015 el Estado ecuatoriano junto a 17 estados parte de Naciones Unidas presentó al Consejo Económico y Social el proyecto de Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Mandela) que actualiza las directrices aprobadas en 1955.

 

El panorama en las cárceles ecuatorianas deben ser cotejadas con las garantías que promueven las Reglas de Mandela (xxix) y otras obligaciones en materia de Derechos Humanos, relacionadas a las visitas y trato a familiares, la salud de los reclusos, el contacto con el mundo exterior y el monitoreo de organizaciones de sociedad civil. y considera que el progresivo aislamiento carcelario en curso en el Ecuador tiene efectos adversos a la rehabilitación de esta población.

 

Las restricciones que sufren los organismos de Derechos Humanos en el Ecuador no permiten tener registros independientes de la situación de la población carcelaria, comunicación efectiva para la verificación expedita de casos y fortalecer procesos de capacitación permanente a los funcionarios.

 

Sin embargo, el CDH valora experiencias inéditas de rehabilitación social en curso como el Programa de Educación a Distancia implementado por la Universidad Católica Santiago de Guayaquil en la Cárcel Regional esperando que se fortalezca y amplíe en beneficio de mayor número de personas privadas de la libertad.

 

Es oportuno analizar ampliamente los efectos directos y colaterales que genera el nuevo modelo de gestión penitenciaria luego de tres años de ejecución.

Agradecimiento a  Astrida Rotsaert
En memoria de Gloria Montaño
Guayaquil, Febrero 2016

 

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Fuentes:

i- Diario Expreso, 8 Diciembre 2015
ii- Acuerdo 748, entre los objetivos del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos se anota “Coordinar, ejecutar y monitorear los programas y proyectos de las diversas entidades involucradas en el sistema de rehabilitación social, así como los programas y proyectos relacionados con la atención y protección al menor infractor.” http://www.justicia.gob.ec/wp-content/uploads/2015/06/DECRETO-748.pdf
iii- http://www.justicia.gob.ec/ledy-zuniga-el-2014-fue-el-ano-de-la-transformacion-penitenciaria/
iv- Diario El Comercio, 9 Febrero 2012
v- Defensoria Pública del Ecuador, Rendición de Cuentas, periodo 2007-2011, pag 31. El hacinamiento carcelario en el 145% y 64%  de PPL sin sentencia.
vi- Defensoría Publica del Ecuador, Informe de Gestión 2014, pag 53
vii- Diario El Comercio, 3 Diciembre 2013
viii- Defensoría Publica del Ecuador, Informe de Gestión 2014, pag 55
ix- Diario El Telegrafo, 3 septiembre 2014
x- El Código Orgánico Integral Penal publicado en el Registro Oficial Suplemento N° 180 del 10 de febrero de 2014
xi- El Comercio, 6 diciembre del 2013
xii- Ministerio de Justicia. (29 de octubre 2012). Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria se empieza a ejecutar en Ecuador.
http://www.justicia.gob.ec/nuevo-modelo-de-gestion-penitenciaria-se-empieza-a-ejecutar-en-ecuador-2/ Página consultada el 26 julio 2015.
xiii- El Cabildo quiere construir una cárcel para los presos peligrosos. (12 juil 2005) El Comercio.
xiv- Diario Súper, 8 Diciembre del 2013
xv- Diario El Telegrafo, 14 Noviembre 2015
xvi- Ecuador inaugura nuevo modelo de gestión penitenciaria con traslado de internos de cárcel en Guayaquil, Andes Agencia Publica de noticias del Ecuador y Suramérica. (2 dic 2013). http://www.andes.info.ec/es/noticias/ecuador-inaugura-nuevo-modelo-gestion-penitenciaria-traslado-internos-carcel-guayaquil.html Página consultada el 20 julio 2015.
xvii- 531 sanciones a Guías Penitenciarios, Diario El Telégrafo, 3 febrero 2015
xviii- A dos meses de inaugurada se produce evasión en cárcel, diario El Universo 11 febrero 2014
xix- El principio de la inocencia, Diario El Universo, 22 junio 2015
xx- La Policía confirmo que hallo electrodomésticos y celulares en la Roca, El Universo (22 Oct 2010).
xxi- Capturan banda delictiva que era dirigida desde dos cárceles, Diario El Universo, 15 agosto 2014
xxii- Federación Internacional de los Derechos Humanos. (Junio 2000), Las cárceles en Ecuador. Misión internacional de observación. Informe n 293/,  p.20.
xxiii-  Federación Internacional de los Derechos Humanos. (Junio 2000), Las cárceles en Ecuador. Misión internacional de observación. Informe n 293,  p.20.
xxiv- Diario Expreso, 25 agosto 2014
xxv- Muertes violentas en centros carcelarios de Guayaquil: Josè Arroyo Quiñonez 25.1.2012; Hector Calderon, Jorge Alvarèz, Miguel Pino 13.10.2012; Miguel Leonardo Manzaba Quezada, Josè Manuel TixiChacaguasay 7.1.2013; Oscar Caranqui Villegas 6.2013; Guido Barberan Espinoza 11.11.2013; Josè Elias Guerrero Pachito 1.12.2013; Jimmy Alcivar Chichande 5.12.2014; Abraham Casanova Castillo 19.1.2014; Ferney Correa Cardenas 15.2.2014; Henry Vera Sanchez 28.4.2015; Fernando Suarez Hallo 5.5.2015;  Christian Bermeo Hidalgo 10.8.1015
xxvi- Diario Expreso 7 mayo 2015
xxvii- Diario el Telegrafo, 29 Septiembre de 2015
xxviii- Diario El Comercio, 11 septiembre 2015