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Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos

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Gestión penitenciaria impone prácticas de tortura a personas en prisión, familiares y funcionarios públicos.

 

Antecedentes

 

Desde el mediodía del sábado 22 de julio de 2023 familiares de personas privadas de libertad fueron alertando sobre el desarrollo de hechos de violencia en el Centro de Privación de Libertad Guayas N°1, CPL Guayas 1 (Penitenciaría del Litoral). Identificaron hechos como bombas lanzadas desde drones a centros carcelarios, tiroteos entre pabellones e intentos de ingreso forzosos de personas privadas de libertad a otros pabellones con la finalidad de iniciar enfrentamientos.

 

Paralelo a esa alerta realizada de forma oportuna por familiares, el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores, SNAI a través de su cuenta oficial de la red social Twitter el 22 de julio detalló que existe una “activación oportuna de protocolos de seguridad” y que existe un monitoreo permanente que “no registra novedades”. El 23 de julio el SNAI en horas de la tarde a través de un comunicado expone que los enfrentamientos tuvieron como resultado el asesinato de 5 personas privadas de libertad y varios heridos. Adicionalmente, informó sobre el secuestro de agentes penitenciarios en las cárceles de Cotopaxi, Cañar, Napo, Azuay y El Oro, pero que “están en buen estado”. Finalmente, en otro comunicado del mismo día domingo, añade que ha dispuesto un equipo especializado para brindar contingencia psicológica a familiares de personas privadas de libertad fallecidas y heridas.

 

El 24 de julio de 2023, el SNAI a través de otro comunicado público continuó señalando que se está monitoreando la situación de seguridad dentro de las cárceles del Ecuador, especialmente la Penitenciaría del Litoral, y que coordinó con el Ministerio de Salud Publica, MSP para que exista un puesto móvil de atención del CPL Guayas N°1 para garantizar respuesta inmediata; así como de otra unidad en los exteriores. De igual forma, se comunicó el secuestro de 96 guías penitenciarios en cinco cárceles del Ecuador.

 

 

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El mismo lunes 24 de julio un equipo del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, CDH se desplegó a los exteriores de la Penitenciaría del Litoral a fin de monitorear la situación de violencia y las actuaciones del Estado para enfrentarla.

 

Finalmente, la Defensoría del Pueblo del Ecuador a través de un comunidad público en la noche del 24 de julio reconoció que el Estado conocía previamente de la situación de autogobierno que existe en las cárceles del Ecuador y que las condiciones en que viven las personas privadas de libertad van en contra de los mandatos constitucionales e internacionales.

 

Durante la noche del 24 de julio el señor Guillermo Lasso, Presidente de la República, emitió el decreto ejecutivo 823 que dispuso estado de excepción en todos los centros penitenciarios del país. Una de las medidas que se dispuso fue el ingreso de las Fuerzas Armadas a los centros penitenciarios “hasta retomar el control y garantizar que no existe amenaza o afectación grave a la vida, integridad física” y suspender el derecho a la libertad de reunión dentro y en los perímetros de los centros carcelarios.

 

El 25 de julio en horas de la mañana el presidente Guillermo Lasso anuncia la “recuperación” del control en la Penitenciaría del Litoral.

 

El miércoles 26 de julio, se conoció que la cifra de muertos resultado de los enfrentamientos subió a 31 personas privadas de libertad, según declaraciones de la Fiscalía General del Estado. Sin embargo, hasta la fecha no hay cifras certezas, pues. según versiones de criminalística únicamente habrían 19 cuerpos identificables que llegaron a las instalaciones de la Policía Judicial.

 

Resultados de visita in situ el lunes 24 de julio de 2023

 

Resultado del monitoreo in situ realizado por el CDH en los exteriores de la Penitenciaría la tarde y noche del lunes 24 de julio del 2023, se verificó que no había instituciones públicas en los exteriores a fin de ofrecer información a familiares. Este hecho contradice las declaraciones públicas del SNAI. De la misma forma, se constató que no habían espacios de contención emocional o respuesta médica a familiares que se encontraban allí mientras se escuchaban detonaciones en el interior de la Penitenciaría, como lo había mencionado el SNAI.

 

Lo más preocupante, es que a pesar de hacer múltiples llamadas el ECU-911 para que gestione una ambulancia o personal médico que atienda a familiares que pasaban por escenarios de angustia, dolor y shock, nunca se logró ofrecer tal servicio médico a familiares. Luego de varios días de espera, el SNAI convocó a las familias para que ellas den información sobre sus parientes en prisión y verificar si “están vivos o muertos, que van a preguntar”.

 

Finalmente, se obtuvo testimonio de familiares que señalaban que sus parientes se encontraban heridos y algunos muertos resultados de los enfrentamientos y que la fuerza pública no podía ingresar porque no tenían órdenes de hacerlo.

 

 

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Resultados de visita in situ el miercoles 26 de julio de 2023

 

El miércoles 26 de julio un equipo del CDH acudió a las instalaciones del Departamento de Criminalística y Ciencias Forences de la Policía Judicial a monitorear el proceso de identificación y entrega de cuerpos a familiares de personas privadas de libertad asesinadas en la Penitenciaría del Litoral. En el punto se encontraban delegaciones de la Fiscalía Provincial del Guayas, la Defensoría Pública del Ecuador, el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos, Servicio Nacional de Atención Integral (SNAI), la Cruz Roja del Guayas y personal de la Policía Judicial.

 

De acuerdo a versiones de oficial de la Policía Judicial entrevistado por el CDH, con corte al miércoles 26 de julio, existían 19 cuerpos identificables entre cuerpos enteros y restos. Se mencionaba que podrían haber más cuerpos en la Penitenciaría del Litoral aún sin recoger.

 

Se identificó que en esta ocasión, sí existían los protocolos respectivos para contención emocional a familiares que recibían la noticia de la muerte de su familiar. Sin embargo, anotamos que no habían espacios adecuados para el desarrollo de esta contención o espacios acondicionado para la espera de las familias considerando la alta temperatura del clima. Ellas debían esperar afueras de las instalaciones de la Policía Judicial, amontonadas en estrecha acera, al pie de intenso trafico de la Avenida de Los Bomberos, sin arboles ni carpas que las proteja del intenso sol. Al ingresar a las instalaciones, debían realizar recorridos entre distintos puntos de espera.

 

De igual manera, se pudo constatar que había familiares que venían desde la Penitenciaría del Litoral al Departamento de Criminalística para preguntar sobre el paradero y las condiciones de su pariente en prisión. Estas familias se encontraban en los exteriores del Departamento de Criminalística, debido a que en la Penitenciaría del Litoral no les daban información. En Criminalistica, el CDH pudo constatar que personal de la Policía Judicial periodicamente salía a exteriores de las instalaciones para informarcon gritos los nombres de los fallecidos que se encontraban identificados en la morgue.

 

Delegada de Trabajo Social del SNAI apostada en Criminalistica compartió con CDH nomina de personas heridas que habían sido trasladas desde la Penitenciaría del Litoral a hospitales del sistema de salud pública. Sin embargo, también se identificó personas con heridas de gravedad que no habían sido trasladas a centros de salud y que aún permanecían en sus celdas, según testimonio de familiares registrados por el CDH. Debido a ese hecho, el CDH activó un habeas corpus correctivo colectivo para garantizar acceso a atención clínica a personas privadas de libertad.

 

 

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Conclusiones:

 

1. El SNAI evidencia plena incapacidad de respuesta emergente y efectiva frente a hechos de violencia dentro de los centros penitenciarios. El CDH concluye que la manifiesta incapacidad pareciera premeditada, como si el Estado permitiera que se desarrollen los hechos de violencia iniciados en la Penitenciaría del Litoral el sábado 22 de julio. Recién en la noche del lunes 24 de julio se conocen medidas extraordinarias para contener la crisis.

 

2. El SNAI a través de comunicados públicos expuso hechos falsos sobre atenciones médicas a personas en prisión heridas, contención psicológica a familiares y espacios de información a familiares.

 

3. No existen protocolos de atención a familiares de personas privadas de libertad en contextos de violencia. Esto impone un escenario de tratos crueles inhumanos y degradantes de tal magnitud que podría constituirse en una práctica de Tortura.

 

4. La gestión de la seguridad en el Sistema Penitenciario del Ecuador se ha limitado únicamente a reaccionar, de forma inoportuna, frente a hechos de violencia. Es decir, se ignora solucionar el problema de ingreso de armas masivas a los centros carcelarios, las condiciones de vida de las personas en prisión y su derecho a la rehabilitación.

 

5. Resultado de las intervenciones de la Fuerza Pública, muchas personas privadas de libertad quedaron heridas en los centros carcelarios que demoraron en ser atendidos.

 

6. El Centro de Privación de Libertad Guayas n°1 (Penitenciaria) no presenta los espacios físicos para una debida rehabilitación social. Luego de múltiples enfrentamientos, tanto su infraestructura como su expresión simbólica luego de varias muertes, impide que sea un espacio propicio para su rehabilitación.

 

7. La situación carcelaria en todo el Ecuador continúa agravándose y el ejecutivo se mantiene en promover imágenes y videos estigmatizantes contra personas privadas de libertad bajo el discurso de la “lucha contra el crimen organizado”. Sin embargo, aún no retoma el control de los pabellones de las cárceles de Ecuador.

 

 

 

 

Recomendaciones:

 

1. Las acciones de la fuerza pública deben ir destinadas a contener la violencia en el respeto irrestricto a los estándares del uso progresivo de la fuerza y el respeto a los derechos humanos. El gobierno no debe instaurar una guerra en los centros carcelarios, su obligación es contener la violencia que las instituciones públicas permitieron que se desarrolle.

 

2. Es prioritario que se tome en cuenta que las familias de las personas privadas de libertad en este contexto de violencia. Es obligación del Estado prevenir escenarios de prácticas de Tortura, por ello deben gestionar: espacios de contención emocional, atención médica y de ofrecimiento de información a familiares respetando el principio de protección a la dignidad.

 

3. A pesar que el Estado de Excepción faculta la restricción de ciertos derechos, y en el presente caso la libertad de reunión dentro y en los alrededores de los centros penitenciarios, no debería negársele la posibilidad de acceder información a familiares de personas privadas de libertad. Restringir esta posibilidad es ahondar en el escenario de incertidumbre que están viviendo, constituyéndose en un trato cruel inhumano y degradante.

 

4. Posterior a este contexto de violencia que se ha generalizado en todos los centros carcelarios, debe construirse un nuevo modelo penitenciario que se base en la rehabilitación, seguridad ciudadana y soberanía del Estado.

 

5. Es urgente que la Corte Constitucional en su dictámen de control de constitucionalidad del Estado de Excepción, exponga sobre las obligaciones que tiene el Estado en garantizar los derechos de las familias de las personas privadas de libertad.

6. Es necesario cumplir con la recomendación 4.1 emitida por el Informe Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre personas privadas de libertad (CIDH, 2022) que señala:

 

Adoptar la fórmula legal de conformidad con la legislación nacional que garantice un fortalecimiento institucional del SNAI para que pueda contar con presencia territorial, así como los recursos humanos y presupuestarios necesarios acordes con las necesidades reales para abordar eficazmente la crisis en la gestión penitenciaria de conformidad con los derechos humanos.

En ese sentido, el SNAI debe desaparecer y el ejecutivo debe institucionalizar un ministerio encargado de la administración del sistema penitenciario desde un enfoque de rehabilitación y no de seguridad.

 

El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, CDH lamenta los hechos de violencia que han dejado múltiples muertos y personas funcionarias públicas secuestradas en cárceles del Ecuador.

 

Hacemos un llamado a los organismos internacionales, especialmente a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que tiene una medida cautelar pendiente para proteger la vida y seguridad de las personas privadas de libertad y funcionarios públicos; al Subcomité de Prevención contra la Tortura de Naciones Unidas, que desde de su última visita, la situación aún se ha agravado; a las oficinas residentes de Naciones Unidas en Ecuador, a pronunciarse por los hechos de violencia que se mantienen en lso centros penitenciarios.

 

 

 

Licenciado. Billy Navarrete Benavidez

 

Abogado Fernando Bastias Robayo

 

Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, CDH

 

 

Fotos: Exteriores de Penitenciaría del Litoral y Departamento de Criminalistica y Ciencias Forences , 24 y 26 julio 2023  / Billy Navarrete / CDH

 

Guayaquil, 28 de julio del 2023

 

 

Corto Documental producido por el CDH “Monitoreo en exteriores de Penitenciaría del Litoral 24.7.2023

CDH, 25.7.2023, 2minutos

 

Sinopsis: Delegación del CDH el lunes 24 de julio del 2023 realizó monitoreo en exteriores de Penitenciaría del Litoral para verificar la situación de violencia denunciada por familiares de personas privadas de la libertad y las actuaciones in situ ofrecidas por instituciones del Estado para enfrentarla al tercer día de iniciado los enfrentamientos entre bandas criminales.

 

Ver video: https://tinyurl.com/txbsctfr