
Ejecutivo incumple Medida Cautelar otorgada por la CIDH a víctimas de Desaparición Forzada
Este viernes 23 de enero de 2026, se instaló en la Gobernación del Guayas, desde las 09h00 de la mañana, la mesa interinstitucional convocada para dar seguimiento al cumplimiento de las medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a favor de víctimas de desaparición forzada y sus familiares.
La mesa contó con la participación de delegados del Ministerio del Interior, Ministerio de Gobierno, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. También estuvieron presentes representantes del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH) como peticionarios de la medida y delegados del Comité de Familiares por Verdad y Justicia por nuestros desaparecidos, en calidad de beneficiarios de la medida cautelar.
En primer lugar, lamentamos y denunciamos la ausencia del Ministerio de Defensa, pese a que las alegaciones que motivan las medidas cautelares vinculan primordialmente a personal militar; y a que una de las disposiciones centrales de la CIDH es la entrega de información relativa a órdenes y operaciones que permita identificar a los uniformados que participaron en los operativos que derivaron en las desapariciones.
Familiares viajaron de otras provincias para recibir información que no fue otorgada. La falta de participación del Ministerio de Defensa, sumada a la inexistencia de explicaciones claras sobre su ausencia y la falta de entrega de información, evidencia una preocupante falta de voluntad política del Ejecutivo para cumplir de manera integral y efectiva lo dispuesto por la CIDH.
Sin la información requerida, las investigaciones no avanzan. Esta omisión sostiene la impunidad y profundiza la incertidumbre, mientras agrava la integridad psicológica de los familiares, generando sufrimiento y revictimización. Se confió en que esta mesa sería una oportunidad para definir un camino concreto de acceso a la justicia con participación del Estado; sin embargo, lo ocurrido constituye, en los hechos, un incumplimiento de la medida cautelar y un acto de revictimización contra las familias. Esta ausencia se agrava con las reiteradas noticias de amedrentamiento ejercidas por personal militar contra mujeres buscadoras, sobre todo el recientemente ocurrido relacionado con el allanamiento y tortura a familiar de una persona desaparecida en la tarde del 22 de enero de 2026 en Babahoyo.

Lamentamos que en vez de colaborar con las investigaciones o en las mesas de diálogo, ataquen e intimiden a las familias denunciantes.
El Ministerio del Interior asumió compromisos relevantes, entre ellos facilitar el ingreso de las familias al Sistema de Protección a Víctimas y Testigos (SPAVT), el incremento de agentes policiales en las distintas unidades de investigación y un trabajo articulado con la Fiscalía General del Estado para fortalecer los procesos de búsqueda. Por su parte, el Ministerio de Salud Pública se comprometió a la priorización de atenciones de salud y psicológicas para los familiares.
Saludamos estas medidas, en tanto buscan proteger la integridad de las familias, y reconocemos la disposición mostrada por estas carteras de Estado. Sin embargo, mientras no exista una voluntad integral del Ejecutivo , en particular del Ministerio de Defensa, para colaborar plenamente con las investigaciones en curso y entregar la información indispensable que permita identificar a los responsables, la impunidad se mantendrá y el riesgo, tanto para las personas desaparecidas como para sus familiares, seguirá vigente.
En ese sentido, calificamos lo ocurrido como un incumplimiento integral de las medidas dispuestas por la CIDH, y responsabilizamos al Presidente de la República Daniel Noboa por no garantizar la participación de todas las instituciones obligadas, especialmente cuando los hechos investigados involucran a personal militar.
Mientras más se prolongue la impunidad, más se agravarán el dolor y el sufrimiento de las familias, y se profundizarán las responsabilidades penales e internacionales del Estado, alcanzando no solo a los autores materiales, sino también a los mandos que ordenaron, toleraron u omitieron controlar e investigar estos hechos.
El CDH y el Comité de Familiares reiteran que el Estado ecuatoriano está obligado a cumplir de buena fe las medidas cautelares dictadas por la CIDH, lo cual implica no solo instalar espacios de diálogo, sino garantizar resultados, entregar información completa, y asegurar condiciones reales para la búsqueda de verdad, justicia y reparación. El CDH activará los mecanismos legales internas e internacionales correspondientes para hacer efectiva las medidas cautelares de la CIDH.
Guayaquil, 23 de enero de 2026

Instalación de mesas interinstitucionales para el cumplimiento de medidas cautelares otorgadas por la CIDH a favor de víctimas de desaparición forzada y de personas privadas de libertad del CPL Guayas N.° 1.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de: (i) víctimas de desaparición forzada perpetrada por Fuerzas Armadas en 2024, mediante la Resolución 97/2025; y (ii) todas las personas privadas de libertad del Centro de Privación de Libertad Guayas N.° 1 (CPL Guayas N.° 1), mediante la Resolución 99/2025.
En ese marco, el Estado ecuatoriano, a través del Ministerio de Gobierno, ha convocado para el viernes 23 de enero de 2025, a las 09h00, en la Gobernación del Guayas, a una mesa interinstitucional destinada a tratar el cumplimiento de dichas medidas.
El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), en su calidad de organización peticionaria de ambas medidas cautelares y representante legal de las y los beneficiarios, informa y precisa lo siguiente:
1) Sobre las víctimas de desaparición forzada
La medida cautelar dispone la entrega inmediata de tres tipos de información:
1. Cualquier información disponible que permita conocer el destino y paradero de las personas beneficiarias.
2. La información requerida en el marco de las Acciones Urgentes emitidas por el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU.
3. Información sobre las acciones judiciales internas emprendidas o en curso.
Respecto del primer punto, el CDH valorará cualquier aporte de las instituciones públicas que contribuya a esclarecer el destino y paradero de las personas beneficiarias. La entrega oportuna y completa de esta información constituye un indicador relevante de la voluntad estatal de colaborar con las investigaciones correspondientes.


En relación con el segundo punto, es indispensable precisar y entregar los requerimientos formulados por el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU en cada Acción Urgente.
Esta información incluye, entre otros elementos, nombres, apellidos y números de identificación del personal militar movilizado, así como los datos vinculados a día, hora y lugar de las aprehensiones y hechos asociados, a fin de que la Fiscalía pueda continuar y profundizar las investigaciones. El Estado NO tiene opción de incumplir este requerimiento.
La falta de entrega de esta información no solo implica incumplimiento de la medida cautelar, sino que favorece escenarios de impunidad y puede comprometer responsabilidades en la cadena de mando, ampliando eventuales responsabilidades penales y administrativas.
Una vez entregada esta información, será posible consolidar un proceso de cumplimiento integral del resto de disposiciones emitidas por la CIDH.
2) Sobre el CPL Guayas N.° 1 (Penitenciaría del Litoral)
La grave situación penitenciaria, agravada por un proceso de militarización sin un plan de transición ni recuperación efectiva del control carcelario, ha derivado, en la práctica, en restricciones y obstáculos para el acceso adecuado a alimentación y servicios de salud en la Penitenciaría del Litoral.
Si bien las personas diagnosticadas con tuberculosis requieren aislamiento y tratamientos adecuados, si no se corrigen de manera urgente los problemas de coordinación, logística y gestión penitenciaria cumpliendo los protocolos y normativas vigentes, las muertes continuarán.
Por ello, la discusión sobre la crisis penitenciaria exige criterios técnicos basados en evidencia, así como la participación de servidoras y servidores públicos con competencia territorial y conocimiento directo de la estructura y dinámica de la crisis. La emergencia sanitaria no responde a una sola causa, es el resultado de acciones y omisiones acumuladas que, en conjunto, han configurado el escenario actual. En ese sentido, deben considerarse los reportes e informes que emitirá la mesa de emergencia instalada por la Defensoría del Pueblo el martes 21 de enero de 2026, en el marco de una acción de protección, a fin de evitar duplicidades, concentrar capacidades institucionales y reducir al mínimo las muertes bajo custodia.


Los resultados de la presente convocatoria permitirán evaluar la existencia, o no, de voluntad política por parte del Ejecutivo, en la medida en que se entregue un reporte claro y verificable sobre las gestiones realizadas para proporcionar la información relativa al personal y a los operativos militares movilizados en los días y horas cercanas a las desapariciones, y se aborde la crisis sanitaria de la Penitenciaría del Litoral desde un enfoque técnico y basado en evidencia, con medidas concretas de respuesta.
El CDH reitera su compromiso con la defensa de los derechos humanos, el acompañamiento integral a las víctimas y sus familias, y la exigencia de cumplimiento pleno, verificable y transparente de las medidas cautelares dispuestas por la CIDH.
Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH)
Fotos de Andrés Loor durante Planton contra la Tortura realizado el 25 de junio del 2025 frente a la Fiscalía Provincial del Guayas, con la participación de integrantes del Comité de Familiares por Verdad y Justicia de Detenidos Desaparecidos y el Comité de Familiares por una Vida Digna en la Cárcel.
Guayaquil, 20 de enero de 2026