Designación de Defensor del Pueblo será inconstitucional
La Defensoría del Pueblo es la institución nacional que promueve y defiende los derechos de todas las personas que hacen parte de un Estado. La importancia de esta institución obliga que quien esté a la cabeza no solo sea una persona con suficientes conocimientos académicos y con experiencia en la administración en el sector público; pues debe ser, sobre todo, una persona independiente de todo organismo o forma de poder, sea político, económico, de organismos armados, o cualquier otro; porque precisamente deberá cuestionar los excesos que cometan funcionarios que ostentan estos poderes; debe ser una persona que promueva y defienda las formas de organización de la sociedad civil que surgen bajo la consigna de defender derechos, ya sean individuales, colectivos, de los pueblos o de la naturaleza; debe ser una persona que asuma su trabajo como una responsabilidad con la sociedad, y no con el gobierno de turno que respalde su designación. En el ámbito ecuatoriano, la pregunta que surge es si el Defensor del Pueblo, Ramiro Rivadeneira, cumplió con estos preceptos durante su mandato de cinco años y si su labor sustenta su deseo de ser designado para un nuevo periodo. La respuesta es no, un rotundo no.